Área Protocolar
Los documentos protocolares son los originales o matrices, estos son custodiados y archivados. Contienen manifestaciones de voluntad y negocios jurídicos, otorgándose copias que conocemos como testimonios.
a) Escrituras Públicas
AREA PROTOCOLAR ESCRITURAS PUBLICAS COMPRA-VENTA, DONACIÓN, DACIÓN EN PAGO, PERMUTA Y OTROS EN LOS QUE SE TRANSFIERA PROPIEDAD
Requisitos
- Minuta autorizada por Abogado y suscrita por los Vendedores y Compradores.
- Copia de los Documentos de identidad de los contratantes.
- Copia literal actualizada de la partida registral del inmueble materia de venta.
- Vigencia de Poder expedido por la SUNARP, en caso actuar a través de apoderados o representación de una persona jurídica.
- Declaración Jurada de Autoavalúo (Impuesto Predial) incluyendo el HR y el PU, así como los recibos de pago de los cuatro trimestres del año en que se efectúa la transferencia.
- Pago de Impuesto a Alcabala si valor de transferencia es mayor a 10 UIT o constancia de exoneración o inafectación, expedida por SAT o Municipalidad respectiva.
- Recibo de Pago con carácter definitivo del Impuesto a la Renta, cuando corresponda.
- Medio de pago financiero (cheque o depósito en cuenta) copia del cheque o del voucher del depósito en cuenta si el valor de transferencia es igual o mayor a S/. 3,500 o $1,000. De utilizarse otro medio de pago se indicará en la Escritura Pública.
Costo aproximado: S/. 280.00
b) Procesos no Contenciosos
AREA PROTOCOLAR PROCESOS NO CONTENCIOSOS SUCESIÓN INTESTADA
Requisitos:
- Solicitud dirigida al notario, autorizada por abogado; en dicha solicitud se consignara los siguientes datos:
• Datos personales del solicitante, (nombre del causante).
• Petitorio o materia de la solicitud.
• Nombres de los presuntos herederos.
• Fundamentos de hecho y de derecho.
• Relación de bienes conocidos, de ser el caso.
• Indicar los medios probatorios que se adjuntan.
• Firma del o los solicitantes.
• Fecha. - Copia legible del documento de identidad del o los solicitantes, vigentes y con la constancia de la última votación, pago de multa o dispensa.
- Partida de defunción original.
- Partida de matrimonio original (en caso que el causante tuviera a su cónyuge vivo).
- Partidas de nacimiento de los hijos o documento público que contenga el reconocimiento o la declaración judicial, si se trata de hijo extramatrimonial o adoptivo.
- Certificado negativo de sucesión intestada. (otorgado por Registros Públicos).
- Certificado negativo de testamento. (otorgado por Registros Públicos).
Costo aproximado: S/. 400.00
c) Tranferencias Vehículares
AREA PROTOCOLAR TRANSFERENCIAS VEHICULARES COMPRA VENTA DE VEHÍCULOS
Requisitos
- Presentar original de la tarjeta de Propiedad del Vehículo.
- Presentar el SOAT vigente.
- Presentar original y copia del documento nacional de identidad del comprador y del vendedor.
- En caso de personas jurídicas, comprador o vendedor, presentar vigencia de poderes.
- En caso de vehículo nuevo, presentar original de la póliza de importación del vehículo, con los derechos aduaneros debidamente cancelados.
- Boleta informativa del vehículo, expedido por Registros Públicos.
- Presentar liquidación de la Municipalidad y comprobante de Pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular (de corresponder).
- Se verificará si el vehículo tiene papeletas, órdenes de captura medidas de embargo.
Costo aproximado: S/. 250.00
Área Extraprotocolar
Los documentos extraprotocolares son reproducciones de instrumentos públicos, certificaciones, piezas de expedientes o de instrumentos y traducciones, autorizados por ley que extiende fuera del protocolo.
a) Actas
AREA EXTRAPROTOCOLAR ACTAS DE AUTORIZACIÓN PARA VIAJE DE MENORES
Requisitos:
- Partida original de Nacimiento del Menor.
- Documentos de identidad de los padres, tutores o curadores (copia certificada de la resolución judicial) que autorizan.
- Para el caso de autorizaciones de viaje para el exterior: Deben firmar ambos padres. En caso de ausencia de uno o ambos padres se requiere poder específico y vigente. En caso de que el padre se encuentre en el extranjero: poder consular, con firma legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. En el caso de padre/madre fallecido o en caso de haber sido reconocido por uno solo bastará la firma del sobreviviente o del que efectuó el reconocimiento, respectivamente.
b) Certificaciones
AREA EXTRAPROTOCOLAR CERTIFICACIONES ENTREGA DE CARTAS NOTARIALES
Requisitos:
- Presentar la carta en original firmada por el remitente.
- Se debe indicar el nombre completo del remitente (teléfono) y destinatario, así como su dirección completa y referencia de la dirección.
- Adjuntar anexos que indique la carta.